El rincón tuejano

   

 Aprenda cosas de Túejar sin esfuerzo

 

¿Sabían ustedes que...

Que el Castillo de Tuéjar ha conseguido la categoría de monumento  

El Castillo ha sido catalogado como monumento por la Consellería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana el 25 de octubre de 2006 y ha sido ratificado el mes de abril de 2008 por el Estado. En la Orden, además de la catalogación, también se delimita la zona de protección y se crea una normativa de actuación en dicha zona protegida.

 La protección afecta a las casas de la calle del Castillo y llega hasta el antiguo cementerio casi en la Rodana. Coge el grupo de casas que se encuentra en la desembocadura del camino que baja en zig-zag del monte del repetidor, donde se encuentra los restos del castillo. Incluye parte de los  campos que se encuentran en el llano de detrás y sus caminos.

 El estudio realizado en el 2005 justifica la superficie de la protección atendiendo a criterios topográficos y paisajísticos, incluyendo el monte en el que se halla situado el Castillo y los caminos más próximos desde donde se contempla. También se basa en criterios arqueológicos, incorporando las laderas en torno al monumento en base a la previsible sucesión de asentamientos de población previos o ligados a la misma, con lo probabilidad de encontrar restos de los mismos.

La normativa de protección es similar a la del Recinto Amurallado que se puede ver mas abajo y el Ayuntamiento sigue siendo el encargado de cumplir la misma.

 

DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN

Origen: esquina sudoeste de la parcela catastral n.º 212 del polígono n.º 1.

Sentido: horario.

Desde el origen la línea sigue por la prolongación del linde oeste de la parcela n.º 212 hasta su intersección con la manzana n.º 81367. Gira a oeste siguiendo las alineaciones de las manzanas números 81367, 81968 y 80367, e incorpora las manzanas 80366, 80365, 80364 y 79386 y desde el vértice este de la parcela n.º 07 se dirige hasta el punto de coordenadas geográficas (668067, 4403810). Gira a sur hasta el punto de coordenadas (668122, 4403724) y siguiendo el linde de la parcela n.º 277 hasta el punto (668143, 4403695) y desde allí recorre el linde oeste de la parcela 212 hasta el punto de origen.

Ver plano del entorno de protección

 

¿Sabían ustedes que...

Que la parte mas antigua del pueblo está protegida con la categoría de monumento.

 La zona de protección comprende un amplio número de casas y calles dentro de lo que se supone sería el recinto amurallado de Tuéjar en la parte más alta del pueblo.  La misma está en vigor desde el 24 de octubre de 2006 que dictó la Orden la Consellería de Educación de la Generalitat , constituyendo al Recinto Amurallado de Tuéjar un Bien de Interés Cultural con la categoría de monumento.

 Con esto se quiere conseguir, además de preservar el patrimonio cultural valenciano, una unificación de las nuevas construcciones o reformas de las existentes en cuanto a la estética de la zona para conservar las edificaciones tradicionales. Delimita también el uso de los inmuebles con el mismo fin, siendo residencial en la mayoría de los casos, aunque permite otros siempre que sean compatibles con las arquitecturas tradicionales.

 El Ayuntamiento de Tuéjar juega un papel importante para hacer cumplir esta Orden, puesto que es el encargado de otorgar las licencias municipales de obras.

 El estudio del entorno de protección se hizo a principios del 2005 donde se delimitaron las distintas parcelas de casas hasta conseguir el perímetro actual, para lo que se basaron en diferentes criterios como la afectación visual, física o ambiental que puede resultar de las intervenciones en las mismas y que pudiera cambiar la percepción de toda la zona protegida.

 

 Y para que todo vecino sepa a que atenerse, sirva el presente extracto de la Orden para ello:

 

NORMATIVA DE PROTECCIÓN DEL MONUMENTO Y SU ENTORNO

Artículo tercero.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, cualquier intervención en el entorno de protección del monumento, requerirá de la previa autoriza­ción de la Conselleria competente en materia de Cultura. Esta autoriza­ción se emitirá conforme a los criterios establecidos en la presente nor­mativa, y en lo no contemplado en la misma, mediante la aplicación directa de los criterios contemplados en el artículo 39 de la citada Ley. La presente normativa regirá con carácter provisional hasta que se redacte el Plan Especial de protección del monumento y su entorno y éste alcance validación patrimonial.

Todas las intervenciones requerirán, para su trámite autorizatorio, la definición precisa de su alcance, con la documentación técnica que por su especificidad les corresponda, y con la ubicación parcelaria y el apoyo fotográfico que permita constatar la situación de partida y su trascenden­cia patrimonial.

 

Artículo cuarto.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, mediante informe técnico municipal, se podrá derivar la no necesidad de trámite autorizato­rio previo en actuaciones que se sitúen fuera del presente marco norma­tivo por falta de trascendencia patrimonial, como sería el caso de las obras e instalaciones dirigidas a la mera conservación, reparación y deco­ración interior de estos inmuebles.

En estos casos, el Ayuntamiento comunicará a esta administración en el plazo de 10 días la concesión de licencia municipal, adjuntando como mínimo el informe técnico que se menciona en el párrafo anterior, un plano de ubicación y el apoyo fotográfico que permita constatar la situa­ción de partida y su falta de trascendencia patrimonial.

 

Artículo quinto.

La contravención de lo previsto en los artículos anteriores, determi­nará la responsabilidad del Ayuntamiento en los términos establecidos en el artículo 37 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.

 

CRITERIOS DE INTERVENCIÓN

Artículo sexto.

1.- Se mantendrán las pautas de la parcelación histórica del entorno.

2.- Serán mantenidas las alineaciones históricas de la edificación conservadas hasta la actualidad.

3.- Los edificios tradicionales del conjunto, por su alto valor ambien­tal y testimonial de una arquitectura y tipología que caracteriza al mismo, deberán mantener las fachadas visibles desde la vía pública, preservando y restaurando los caracteres originarios de las mismas.

4.- El número de plantas permitidas es de tres alturas (planta baja más dos), sin perjuicio del aprovechamiento bajo cubierta, quedando prohibidos los semisótanos. Los edificios que superen este número de plantas se regirán por el régimen Fuera de ordenación. A tal efecto en los supuestos de que concluya su vida útil, se pretendan obras de reforma de trascendencia equiparable a la reedificación, una remodelación con elimi­nación de las plantas superiores, o una sustitución voluntaria de los mis­mos le serán de aplicación las ordenanzas de protección de esta norma­tiva. Todo ello sin perjuicio de la posible aplicación del artículo 21 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano a estos inmuebles.

5.-La altura de cornisa máxima es de 10,00 m para tres plantas y 4,00 m para una planta. Cuando existan diferencias topográficas en el ámbito de una parcela la altura de los diferentes cuerpos de la edificación respe­tará las pautas tradicionales de Tuéjar, estudiadas dentro de cada man­zana, de manera que los edificios resultantes no generen un aumento impropio de volumen.

6.-Las cubiertas, de acuerdo con la tipología de la zona, serán en el cuerpo principal del edificio, cuya profundidad edificable oscilará entre 8 y 11 metros, inclinadas, de teja árabe, con pendiente comprendida entre 18% y 40%, a dos aguas y cumbrera de altura máxima 2,25 m respecto de la línea de cornisa. Este requisito únicamente podrá ser dispensado, con carácter excepcional, en aquellos casos en los que se acredite la existen­cia de una singular justificación histórico-contextual.

7.-Las nuevas edificaciones, o las remodelaciones de las no tradicio­nales, se adecuarán con carácter estético a la tipología y acabados tradi­cionales de Tuéjar atendiendo la fachada a las siguientes disposiciones:

Aleros según la tradición constructiva de Tuéjar, de canecillos de madera o de ladrillo y teja.

Impostas, molduras, recercados, cinchos, remates ornamentales y demás elementos compositivos con una longitud máxima de vuelo de 15 cm.

Huecos de fachada de proporción vertical, con la posible excepción de plantas bajas o cambras según la tipología compositiva del municipio. Se recomiendan los vanos abocinados.

Balcones de barandilla metálica, con anchura máxima de vuelo de 40 cm, 15 cm de canto y longitud máxima de 1.80 m. Si los balcones no son volados la barandilla será de madera o de forja según la tradición constructiva de Tuejar.

Las carpinterías serán de madera. Se recomienda el uso de contraven­tanas.

Se prohíben las persianas, salvo las persianillas exteriores enrollables tradicionales.

Se prohíben los acabados impropios de la tradición constructiva de Tuéjar, tales como ladrillo cara vista, cerámica, piedras pulidas, etc., o materiales de imitación de los tradicionales.

8.- El uso permitido en esta zona será el residencial. Se admitirán los siguientes usos, siempre que muestren su compatibilidad con las arquitec­turas tradicionales de la zona:

.-Almacenes.

.-Locales industriales ubicados en planta baja.

.-Locales de oficina.

.-Uso comercial y de servicios.

 

Artículo séptimo.

Todas las actuaciones que puedan tener incidencia sobre la correcta percepción y la dignidad en el aprecio de la escena o paisaje urbano del monumento y su entorno, como sería el caso de la afección de los espa­cios libres por actuaciones de reurbanización, ajardinamiento o arbolado, provisión de mobiliario urbano, asignación de uso y ocupaciones de la vía pública, etc., o como podría serlo también la afección de la imagen arqui­tectónica de las edificaciones por tratamiento de color, implantación de rótulos, marquesinas, toldos, instalaciones vistas, antenas, etc., o cuales­quiera otros de similar corte y consecuencias, deberán someterse a auto­rización de la Conselleria competente en materia de Cultura, que resol­verá con arreglo a las determinaciones de la ley y los criterios de percepción y dignidad antes aludidos.

Queda proscrita la introducción de anuncios o publicidad exterior a los planos de fachada de los edificios que, en cualquiera de sus acepcio­nes, irrumpa en dicha escena urbana, salvo la de actividades culturales o eventos festivos que, de manera ocasional, reversible y por tiempo limi­tado solicite y obtenga autorización expres

 

DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN

Origen: esquina nordeste de la manzana catastral n.º 80366. Sentido: horario.

Línea delimitadora: desde el origen la línea incorpora las manzanas 80366 y 80367. Prosigue por los ejes de las calles Carnicerías, Calvario hasta atravesar la parcela 79371 entre las parcelas 11 y 12. Continúa por la calle En Proyecto, la calle Calvario y cruza la manzana 79375 entre las parcelas 01 y 02 y continua por la prolongación de la medianera hasta la prolongación de medianera este de la parcela 12 de la manzana 80364. Incorpora las manzanas 80364 y 80365 hasta el punto de origen.

Ver plano del entorno de protección

 

¿Sabían ustedes que...

Que los gazpachos son típicos de la comarcas del interior de Alicante y Valencia y que puedan tener origen árabe.

 Zonas de castellano parlantes en las que la población árabe se mantuvo tiempo después de la expulsión de otras tierras cuyo acceso era fácil por la orografía del terreno. Aunque actualmente en nuestro pueblo la carne de cerdo puede ser uno de los ingredientes de este guiso, se cree que en su origen, la ausencia de este animal era característica del guiso debido a la prohibición de Allah en algunos versos de El Coran de comer marrano.

 Esta teoría se basa también en la presencia de la torta de gazpacho, el largo tiempo de cocción de las carnes y el troceado típico de los árabes, consiguiendo así saber si el animal estaba totalmente desangrado, otro de los preceptos del Libro Sagrado, no comer sangre. En alguno de los guisos de la antigua cocina musulmana podemos encontrar similitud, como  en la barmakiya, que se prepara con carne de pichones, torcaces u otras aves, aromatizada con espliego y otras hierbas y especias, acompañadas una vez desmenuzadas con un pan muy delgado en el que interviene el aceite, aunque a lo largo del tiempo se haya convertido en una empanada.

Otro de los manjares que apoyan el origen musulmán de nuestro gazpacho serrano, es la lamtuniya, que según un viejo manuscrito traducido por Ambrosio Huici “se hacía en el país de al-Andalus y en el Garb con toda clase de aves”. Es un preparado culinario muy pródigo en elementos sazonadores. las carnes “deshechas en su salsa” se cocían con fragmentos “del tamaño de un dinar” de pan delgado obtenido de harina blanca.

 Finalizamos esta teoría del nacimiento y evolución de nuestro gazpacho, con esta disertación histórico-costumbrista sobre este manjar, realizada por Tonet, El Tejero, para que aprendamos cosas sin  esfuerzo:

 

 Si con la paella caben infinidad de variantes, con los gazpachos sucede otro tanto. En cada pueblo, incluso en cada casa, tienen su “receta” que consideran la mejor. Básicamente su elaboración consiste en sofreír y luego cocer los elementos cárnicos, preferentemente caza menor o en su defecto pollo y conejo caseros, conseguir un sofrito con tantas posibilidades como cocineros: tomate, cebolla, hígados de las aves, ajos en abundancia, etc., al que se añadirá la “torta de gazpachos” desmenuzada y el caldo de cocción de las carnes, por último las mismas carnes, tal vez unos dados de jamón y setas que también habrían participado en el sofrito y las hierbas aromáticas: romero y pebrella básicamente.

La torta es un pan sin levadura que se debe cocer al fuego, para lo cual hay también diversas posibilidades: directamente a la brasa, bajo tierra encendiendo una buena hoguera encima, o sobre una piedra plana muy caliente por haber tenido sobre ella una gran fogata, que es la que se utilizaba en nuestro pueblo.

 También sobre la forma de comerlos hay discrepancias: se toman directamente del caldero con cuchara de madera, como la paella. Disponen el caldero en el centro de un gran círculo donde toman asiento los hombres, mientras las mujeres ya han sacado sus raciones que toman sentadas a una mesa, como gentes más civilizadas. Cada comensal se levantará de su asiento, generalmente sillas bajas, y sin incorporarse del todo, como si reverenciase el citado caldero, alargará la cuchara, cogerá una porción apretándola sobre el costado del recipiente y se volverá a su sitio para recibir el porrón que no cesa en su movimiento de traslación alrededor de la sartén. Se acompaña con pebreras, pimientos picantes o guindillas que se cultivan ex profeso para la ocasión, y siendo alabadas las más bravas si es que consiguen arrancar algún leve lagrimeo a algún comensal novato. En este caso, no faltará algún no menos bravío serrano que la cogerá y se la zampará entera para demostrar su dureza. Como es comida típica de matanza del cerdo, para después de los gazpachos se suele preparar otra sartén no menos grande con frituras diversas de las pocas partes del cerdo que no son conservables, y si la familia se lo puede permitir, tal vez haya acompañado al marrano en su último viaje algún cordero, que también aparecerá fraccionado en la fritanga, con abundancia de ajos. La celebración termina por la noche con una gran paella, así que son días para estómagos ejercitados.

“Y entre la gran polvareda perdimos a Don Beltrán”. Como decía, en otros lugares se toman de otras maneras: sirviéndolos sobre “platos” de la propia torta, utilizando como cucharas trozos de torta, tomando por separado carnes y torta, etc. La tradición dice que se debe amasar harina blanca con agua tibia sobre un pellejo curtido de cabra.

Aquí los gazpachos se hacen “tostaos”. Consiste en darles vueltas sobre el caldero haciéndolos saltar sobre el mismo con un movimiento rápido del recipiente, del mismo modo que voltearíamos una tortilla, pero con la diferencia de que entre el caldero y su contenido se pasa frecuentemente de los 25 kilos. Pensemos en una sartén de hierro de unos 50 centímetros de diámetro en su parte inferior y 60 o más en el borde, llena en sus ¾ partes de una materia pastosa. Los calderos tienen un “rabo” o mango muy robusto, de más de 1 metro de largo, que sale con un ángulo de unos 45º y tiene un asa en su mitad.

 Para el “tostao” se requiere no solo fuerza, sino destreza para dar el movimiento adecuado y que no se derrame el contenido. Suele ser algún mocetón robusto y de confianza el encargado de hacerlo, teniendo buen cuidado de evitar que algún “aficionado” se lance a este menester “alumbrado” por las frecuentes libaciones previas a la ingesta del cocinado.

 El oficiante se cubrirá de cintura para abajo con uno o varios delantales que le atarán las mujeres, especialmente la propia, para evitar así las previsibles salpicaduras en los pantalones de “mudar”. Con esta extraña semisotana agarrará con una mano el extremo del rabo y con la otra el asa central, tanteará el peso y efectuará el primer volteo, ciertamente tímido y prudente, ante las miradas expectantes del resto de asistentes. Una aclamación unánime aprobará su efectividad, y los siguientes meneos, más airosos en cada nuevo intento, serán acompañados por “olés” y vítores.De esta forma se conseguirá un ligero rustido de los gazpachos, muy del gusto del terreno.

 Dado que, aunque sobren se pueden conservar perfectamente, fríos están igual de apetecibles y además admiten ser recalentados sin problemas.

 

¿Sabían ustedes que...

Que el Alcalde de Chelva el 17 de junio de 2002 consultó al Consejo Valenciano de Cultura sobre si nuestro río se llama Tuéjar o Chelva.

 

 El Consell Valencià de Cultura es una institución consultiva y asesora de la Generalitat Valenciana en las materias específicas referentes a la cultura valenciana, con la misión de velar por la defensa y la promoción de los valores lingüísticos y culturales de la Comunidad.

 Preceptivamente es consultado por otras instituciones de la Administración en la incoación de expedientes referentes al patrimonio cultural valenciano. Pero igualmente puede ser consultado de manera no preceptiva por las mismas instituciones, o también haciéndoles llegar sus recomendaciones, a iniciativa propia o asumiendo demandas de entidades o individuos civiles.

 Por tanto, actúa por medio de informes y dictámenes (solicitados por las administraciones) y de informes no solicitados elevados en forma de recomendaciones, todos ellos elaborados por sus comisiones informativas permanentes o por ponencias puntuales y aprobados y asumidos colegiadamente por el pleno de la institución.

 La acción pública del Consell Valencià de Cultura se concreta, además, en la organización de jornadas de estudio de diversos aspectos de la cultura valenciana, y en sus publicaciones divulgativas o de ayuda a la investigación.

 Pues bien, el resultado del informe realizado por  Leopoldo Peñarroja de la Comissió de Llegat Històric i Artístic aprobado en el pleno del 29 de noviembre de 2002 nos deja una conclusión diplomática para que cada cual saque las suyas.

 

INFORME SOBRE LA DENOMINACIÓN RÍO TUÉJAR/ RÍO DE CHELVA

 

 

¿Sabían ustedes que...

Que la trilla tradicional es la labor con la que se consigue separar el grano de la paja en los cereales.

 

Una vez terminada la siega del cereal, trigo o cebada generalmente, también avena y raramente morcajo o morcacho, una variedad medio trigo, medio centeno, las gavillas o haces que estaban apiladas en el campo en hacinas de diez (cuatro abajo, encima tres, dos y una rematando la pirámide) eran llevadas a la era, donde se repartían formando la parva, como un océano dorado sobre el que navegaría nuestro trillo.

El trillo es una plataforma rectangular de medidas muy diversas rondando los 2 metros de largo por 1 de ancho, con la parte delantera ligeramente curvada hacia arriba. Estaban construidos con tablas gruesas de madera dura y en su parte inferior se incrustaban, a modo de pequeñas cuchillas que cortaban la paja y separaban el grano, piedrecillas de pedernal y en otros casos unos rodillos metálicos con cuchillas, aunque lo normal en Tuéjar eran los de piedras.

Extendida la mies en la era, todavía muy hueca, se metían las caballerías para que anduviesen sobre la parva un buen rato y realizaran una primera operación de quebrar la paja larga, luego se les enganchaba el trillo para que empezaran a dar vueltas sobre la mies. Cuando se disponían de dos caballerías, se colocaba la más fuerte y ligera en la parte exterior del giro, para que se igualasen las fuerzas. Sobre el trillo se subían los chiquillos o alguna persona para aumentar el peso y la efectividad sobre la mies.

De vez en cuando, con la horca se “peinaba” la parva, volteándola de modo que toda la mies fuera trillada convenientemente y quedara lo más homogénea posible.

Las mejores horas para esta faena eran las centrales del día, cuando el sol apretaba con ganas y la paja se rompía con más facilidad, mientras que los tripulantes del trillo tenían que hacer grandes esfuerzos para vencer la somnolencia y la mies deslumbraba con chispazos dorados reflejando la violenta luz del sol. A veces, se podía escuchar alguna jotica que cantaban con diferente habilidad esos “almirantes de secano”.

Cuando se consideraba que el cereal había sido suficientemente trabajado, a las caballerías se les enganchaba la “replegadora”, muchas veces consistente en un simple tronco, artilugio que servía para amontonar la parva a un lado de la era esperando que llegara el viento “solano” para aventarla. La era se barría también con unos escobones rústicos para que no se perdiera nada del grano, que por lo general se había ido al fondo, y quedara disponible para trillar una nueva remesa de mies.

El viento debía ser ni muy fuerte ni muy flojo, el suficiente para que arrastrara la paja pero permitiera que el grano cayera casi verticalmente cuando se aventaba, lanzando al aire con la horca la parva amontonada. El viento ideal era el “solano”, viento de levante que “giraba” al mediodía o poco más tarde, luego de que por la mañana tuviéramos calma o incluso “poniente”. En ocasiones se tenían que amontonar varias parvas hasta que se disponía del viento adecuado.

A continuación había que cribar el grano con los areles, cedazos de buen tamaño, para terminar de limpiarlo de pajas. A veces se disponía en el suelo una tela de cáñamo que se llamaba “terníz” para recoger en ella el grano ya perfectamente limpio.

Tonet, el tejero

 

¿Sabían ustedes que...

  • Que en el pueblo existen tres lavaderos mas aparte del que está en el frontón, donde los tuejanos lavaban sus ropas antes de que existieran todas las comodidades actuales.

  

  • Que los mismos se alimentan del agua del  sistema de regadío que también riega nuestras huertas.

  

  • Que disponen de una o dos zonas de paso, donde nuestros antepasados mojaban las prendas y enjabonaban en el poyo inclinado para luego aclararlas en la acequia central que los atraviesa.

  

 

 

¿Sabían ustedes que...

  • Que la Iglesia Parroquial tardó 15 añitos en construirse? Entre los años 1677 a 1692.Cuando la esperanza de vida estaba alrededor de los 35 añitos, eso... era media vida.

  • Que la Iglesia se construyó sin la torre? Sí, parece que forme parte del mismo nacimiento, del mismo parto, pues no. Se construyó en 1736, o sea, 44 años después

  • Que en junio de 1883, cayó un aerolito? Vamos que  una piedra espacial, un fragmento de algún cometa que se despistó, entró en la atmósfera se fue consumiendo pero ni aún así se evaporó y un pedazo de cacho de trozo de piedra... zas, contra el tejado de la Iglesia Parroquial. Total que se enteró el obispo y por si era una señal divina se lo quedó y allí está en el seminario de Segorbe.

  • Que el proyecto y la dirección de los trabajos fue obra del arquitecto navarro Juan Bautista Pérez Castiel, quien, pese a ser navarro de un pueblo llamado Cascante, estudió en Valencia y se casó con una Valenciana que además era la hija de su maestro el famoso arquitecto Pérez Artigues? Por cierto, Pérez Artigues fue el creador de lo que los estudiosos del arte llaman Barroco Valenciano y que es el estilo al que pertenece la Iglesia Parroquial.

  • Que a las campanas de la Iglesia Parroquial les pusieron nombre, Concepción a la grande, en 1736 y Joaquína a la siguiente en 1739 y Santa Bárbara a la pequeña también de 1739. Se supone que a los dos campanillos también, pero se desconocen sus nombres y además fueron destruidos durante la guerra civil de 1936 a 1939.

  • Que el retablo actual de la Iglesia Parroquial es de 1947 y que costó 50. 000 pesetas de las de entonces en el que un jornal o salario diario de un trabajador de sol a sol estaba entorno a las 4 pesetas. 120 pelillas al mes ó 1440 pelillas al año, vamos traducido a euros, el salario de 35 años de trabajo.

  • Que la primitiva Iglesia Parroquial estaba más arriba del Portal de los Santos que era una de las puertas de acceso a la villa y que la actual Plaza Mayor ya quedaba extramuros, o sea, fuera de la población.

  • Que el primitivo Cementerio Cristiano estaba al ladito de la Fuente de las Piteras, arriba del portal de los santos y al ladito de la Iglesia primitiva.

  • Que además de las campanas mencionadas anteriormente, también está la llamada Sagrada Familia del año 1739 y que la que vemos desde la plaza es la Concepción.

  • Que en la espadaña está la campana María del año 1750 con un diámetro de 26 cm.

  • Que en la Santa Bárbara hay la siguiente inscripción; "IHS MARIA IOSEPH BARBARA ORA PRO NOBIS"; M: (00) "ANO,cruz, 1739" , (06) cruz.

  • Que en la Sagrada Familia la inscripción varía:  IHS  MARIA IOSEPH  S IOAQUIN I  ANA  ANO I739 ; M: (06) cruz M.P.: ECCE CRUCEM  DOMINI  FVGITE  PARTES  ADVERSE  / AVE  DOMINA  ANGELORUM AVE  REGINA  CELORUM.

  • Que en la Joaquina la inscripción pone:  JOAQUINA ANO 1791 ; M: (06) cruz.

  • Que en la Maria Concepción poner: MARIA LA CONCEPCION AÑO 1786 ; M: (00) cruz, (06) relieve santo .

 

¿Sabían ustedes que...

  • Que el actual lavadero de  San Juan, en la parte de abajo del Frontón, era antiguamente la ermita de San Juan y Santa Lucía.

  • Que la otra ermita importante de Tuéjar, la de San Cristóbal fue Cuartel de las tropas Carlistas y Polvorín de cierta importancia en los combates que se desarrollaron en las Guerras Carlistas, especialmente en la Tercera Guerra Carlista 1872-1876 ya que Tuéjar estaba en el territorio que los Carlistas dominaban totalmente y que denominaban Zona del Centro, que abarcaba Cuenca, Guadalajara, Teruel, Albacete y parte de Valencia y que estaba bajo la dirección del general Santés.

  • Que la ermita de San Cristóbal fue también hospital de campaña en la misma guerra y posteriormente hospital para enfermos contagiosos cuando las enfermedades, por muy tontas que fueran, eran de una gravedad extrema y donde las bacterias y virus que contagiaban las enfermedades vivían a sus anchas en un mar de insalubridad general.

 

 

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